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UGT: El acuerdo sobre el Fondo de Reserva refuerza el sistema de Seguridad Social
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El acuerdo alcanzado entre Gobierno y agentes sociales sobre la reforma de la Ley Reguladora del Fondo de Reseva de la Seguridad Social es un paso más para la consolidación del sistema en la mejora de la protección social porque mejora su rentabilidad, garantiza la seguridad de las inversiones y una mayor participación de los agentes sociales.
La reforma de la Ley reguladora del Fondo de Reserva es un compromiso del Acuerdo sobre Medidas de Seguridad Social de 13 de julio del pasado año, que nace con la finalidad de conseguir mayor rentabilidad mediante la diversificación de riesgos, garantizando la seguridad de las inversiones y una mayor participación de los interlocutores sociales.
El acuerdo alcanzado en el día de ayer sobre la reforma de dicho Fondo, es un paso más en la línea de garantizar la consolidación del sistema con la mejora de la protección social tal y como se acordó el pasado año.
UGT está satisfecha con los resultados de las negociaciones por cuanto se han aceptado propuestas que en esa lógica de apertura de las inversiones a la renta variable y a la externalización de una parte de la gestión, refuerzan la seguridad de las inversiones, las cuales se guiarán, además, por el principio de responsabilidad social, económica y ambiental, se refuerza la participación y la consulta previa y preceptiva de los criterios y principios de inversión, así como del seguimiento de la gestión, a través de una Comisión de Seguimiento tripartita y paritaria.
El desarrollo reglamentario que deberá establecer, entre otras cosas, los límites, tanto a la parte del Fondo a invertir en valores que no sean deuda pública, como a la parte que pueda ser objeto de externalización de la gestión, se producirá en el contexto del Diálogo Social en la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Medidas de Seguridad Social.
Para UGT tiene, igualmente, una especial importancia el que se que se haya aceptado que, a través de Diálogo Social, se pueda discutir el destino de la parte de excedente de la Seguridad Social que no se dedique a dotaciones del Fondo de Reserva. |